Modelo 721 criptomonedas: quién debe presentarlo y cómo
Modelo 721 de criptomonedas: quién está obligado, el umbral de 50.000 €, plazos, qué se declara, sanciones y cómo encaja con el IRPF y DAC8.
El modelo 721 de criptomonedas es la declaración informativa con la que Hacienda quiere saber qué monedas virtuales tienen los residentes en España en plataformas extranjeras. Se presentó por primera vez en 2024 y, desde entonces, genera muchas dudas: quién está obligado, cómo se calcula el umbral y qué pasa si no se presenta.
En este artículo lo resolvemos de forma práctica. Si ya tienes claro que necesitas poner orden en tu cartera, en nuestro servicio de fiscalidad de criptomonedas lo abordamos de principio a fin.
Qué es el modelo 721
Es una declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero, es decir, custodiadas por entidades que prestan servicios de custodia fuera de España. Se desarrolló a partir de la disposición adicional 18ª de la Ley General Tributaria, la misma que regula el conocido modelo 720 de bienes en el extranjero.
Lo importante:
- No es un impuesto: no se paga nada al presentarlo.
- Informa del saldo a 31 de diciembre en cada tipo de criptomoneda y de la entidad que la custodia.
- Sirve a Hacienda para cruzar datos con tu IRPF y tu Impuesto sobre el Patrimonio.
Quién está obligado a presentarlo
Tienes que presentar el modelo 721 si eres residente fiscal en España y, a 31 de diciembre, el valor conjunto de tus criptomonedas custodiadas en el extranjero supera los 50.000 €.
| Pregunta | Respuesta |
|---|---|
| ¿Qué saldo cuenta? | El valor a 31 de diciembre, en euros, de todas tus criptos en custodios extranjeros |
| ¿Cuenta la autocustodia? | No, solo lo custodiado por terceros en el extranjero |
| ¿Cuentan los exchanges españoles? | No, esos ya informan a Hacienda por otras vías (modelos 172 y 173) |
| ¿Quién declara? | Titulares, autorizados, beneficiarios y titulares reales |
| ¿Cuándo? | Del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente |
Una vez presentado, solo hay que volver a hacerlo si el saldo conjunto aumenta en más de 20.000 € respecto a la última declaración, o si dejas de ser titular de lo declarado.
Qué información se incluye
Por cada tipo de moneda virtual y cada entidad custodia:
- Identificación de la entidad que la custodia y su país.
- Tipo de criptomoneda.
- Número de unidades a 31 de diciembre.
- Valoración en euros a esa fecha.
Todo se presenta de forma telemática en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Cómo se valoran las criptomonedas a 31 de diciembre
Cada moneda virtual se valora en euros según su cotización a 31 de diciembre en la plataforma o, en su defecto, en una referencia de mercado razonable. Algunos matices:
- El umbral de 50.000 € se calcula sumando todas tus criptos en custodios extranjeros, aunque estén repartidas en varios exchanges.
- Las stablecoins y los tokens menos conocidos también cuentan.
- Las posiciones en staking o earn dentro del exchange siguen custodiadas por él, así que normalmente se incluyen.
- Si tienes criptos en cotitularidad, cada titular declara el saldo completo indicando su porcentaje.
Guarda capturas o extractos del saldo a 31 de diciembre de cada plataforma: te harán falta si Hacienda pregunta.
Paso a paso para presentarlo
- Haz inventario de todas tus plataformas extranjeras y de lo que tenías en cada una a 31 de diciembre.
- Descarga los extractos de saldo a esa fecha.
- Suma el valor en euros y comprueba si superas los 50.000 €.
- Identifica a cada custodio: nombre, país y datos que pide el formulario.
- Presenta el modelo en la sede electrónica de la Agencia Tributaria entre el 1 de enero y el 31 de marzo.
- Revisa tu IRPF del mismo ejercicio para que las ganancias y pérdidas declaradas cuadren con los movimientos de esas plataformas.
Sanciones: qué ha cambiado
El régimen sancionador del antiguo modelo 720, con multas desproporcionadas, fue declarado contrario al derecho de la UE por el TJUE en su sentencia de 27 de enero de 2022 (asunto C-788/19). Tras la reforma posterior, las declaraciones informativas sobre bienes en el extranjero, incluido el 721, se rigen por un régimen sancionador general, con multas por dato omitido o incorrecto y con límites máximos, y sanciones reducidas si presentas fuera de plazo sin requerimiento previo.
Aun así, no presentarlo tiene un coste que va más allá de la multa: es una señal de alarma para Hacienda y suele venir acompañado de una revisión de tu IRPF.
El 721 no está solo: Hacienda ya sabe mucho
Conviene entender el contexto:
- Los proveedores españoles de servicios cripto informan de saldos y operaciones de sus clientes (modelos 172 y 173).
- Desde 2026, la directiva europea DAC8 obliga a los exchanges que operan en la UE a informar a las administraciones fiscales, que intercambian esos datos automáticamente.
- Los grandes exchanges internacionales ya colaboran con requerimientos de información.
En la práctica, la pregunta ya no es si Hacienda sabrá lo que tienes, sino si tu declaración cuadra con lo que sabe.
Cómo encaja con el IRPF
El 721 solo informa. Los impuestos se pagan en el IRPF cuando vendes a euros o permutas una criptomoneda por otra con ganancia, y en rendimientos como el staking. Lo explicamos en detalle en nuestra guía sobre cómo declarar criptomonedas. Si tu patrimonio neto total supera los umbrales, también puede aplicarse el Impuesto sobre el Patrimonio o el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas.
¿Y si cambio de residencia fiscal?
El modelo 721 solo afecta a residentes fiscales en España. Para inversores con carteras grandes, trasladar la residencia a un país con un tratamiento más favorable de las ganancias cripto es una opción legítima, siempre que la salida sea real y bien documentada. Lo explicamos en nuestra guía sobre cómo cambiar la residencia fiscal. Para una primera estimación de tu situación puedes usar nuestra herramienta Calcula tu ahorro.
Errores habituales
- Calcular el umbral por exchange en lugar de sumar todo lo custodiado en el extranjero.
- Incluir criptos en autocustodia o en exchanges españoles.
- Presentar el 721 pero no declarar las ganancias en el IRPF.
- Olvidar la nueva declaración cuando el saldo sube más de 20.000 €.
Cómo lo abordamos en Fixcora
Revisamos tus plataformas, calculamos si estás obligado, preparamos el modelo 721 y comprobamos que tu IRPF y tu Patrimonio sean coherentes con lo que informas. Si hay años sin declarar, planteamos la regularización con la menor exposición posible. Todo dentro de nuestro servicio de fiscalidad cripto, con trazabilidad y en regla.
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Ver servicio de fiscalidad de criptomonedasPreguntas frecuentes
¿Tengo que presentar el modelo 721 si mis criptos están en una wallet propia?
El modelo 721 se refiere a las monedas virtuales custodiadas por entidades o personas que prestan servicios de custodia en el extranjero, como exchanges no españoles. Las criptomonedas en autocustodia no se incluyen en este modelo, aunque siguen tributando en el IRPF cuando generan rentas.
¿El modelo 721 implica pagar impuestos?
No. Es una declaración informativa: le cuenta a Hacienda qué tienes y dónde. Los impuestos se pagan en el IRPF cuando vendes o permutas con ganancia, o en el Impuesto sobre el Patrimonio si superas sus umbrales.
¿Qué pasa si no lo presenté en años anteriores?
Se puede regularizar presentándolo fuera de plazo antes de que Hacienda lo requiera, lo que reduce las sanciones. Conviene revisar a la vez si hay ganancias no declaradas en el IRPF para regularizar todo de una vez.
Este artículo tiene carácter informativo y no sustituye al asesoramiento individual. La normativa fiscal cambia y cada caso depende de tu residencia, tu actividad y tu patrimonio.